Planes de Autoprotección Contra Incendios
Los planes de autoprotección contra incendios son documentos obligatorios en numerosos edificios, actividades e instalaciones, cuyo objetivo es prevenir y controlar situaciones de emergencia, garantizando la seguridad de las personas, los bienes y el entorno.
Estos planes establecen la organización, los medios y los procedimientos de actuación ante un incendio, y deben elaborarse conforme al Real Decreto 393/2007, que aprueba la Norma Básica de Autoprotección. En INGESEG contamos con la experiencia y el equipo técnico necesario para redactar y tramitar planes de autoprotección totalmente adaptados a la normativa vigente y a las características reales de cada instalación. Nuestro enfoque integra análisis técnico, procedimientos claros, formación práctica y asistencia durante la validación legal.
La normativa sobre planes de autoprotección ha evolucionado con mayores exigencias técnicas y documentales. Hoy, su implantación es clave en políticas de seguridad, medioambiente y responsabilidad social.
Las empresas deben garantizar la prevención y la actuación ante emergencias, tanto para proteger a las personas como para preservar la actividad y el patrimonio. En este contexto, un plan bien desarrollado es más que una obligación legal: es una herramienta estratégica.
¿Qué es un plan de autoprotección contra incendios?
Un plan de autoprotección contra incendios es un documento técnico y legal que analiza los riesgos de una actividad o edificio y define las medidas necesarias para prevenir, detectar y actuar ante una emergencia por incendio.
Incluye tanto medidas preventivas como procedimientos de actuación, organización de los equipos de emergencia y planes de evacuación, permitiendo una respuesta eficaz y coordinada ante cualquier situación de riesgo.
¿Cuándo es obligatorio un plan de autoprotección contra incendios?
Un plan de autoprotección es obligatorio cuando así lo establece la normativa aplicable, especialmente el RD 393/2007, y la normativa autonómica correspondiente. Generalmente es obligatorio en:
- Edificios de pública concurrencia
- Centros comerciales y grandes superficies
- Instalaciones industriales
- Centros sanitarios y educativos
- Actividades con riesgo de incendio significativo
- Edificios con gran afluencia de público o complejidad de evacuación
La obligatoriedad depende del uso, superficie, ocupación y nivel de riesgo, por lo que es fundamental un análisis técnico previo.
Normativa de los planes de autoprotección contra incendios
La elaboración de los planes de autoprotección se rige principalmente por:
- Real Decreto 393/2007, Norma Básica de Autoprotección
- Normativa autonómica y local aplicable
- Legislación en materia de prevención de riesgos y protección civil
El incumplimiento de esta normativa puede dar lugar a sanciones administrativas, responsabilidades legales y problemas en inspecciones o licencias de actividad.
Contenido de un plan de autoprotección
Un plan de autoprotección contra incendios debe incluir, como mínimo:
- Identificación de la actividad y del titular
- Análisis y evaluación de riesgos
- Inventario de medios de protección contra incendios
- Plan de actuación ante emergencias
- Organización de los equipos de emergencia
- Plan de evacuación
- Plan de mantenimiento y actualización
- Programas de formación y simulacros
Todo ello debe adaptarse a la realidad del edificio y no limitarse a documentos genéricos.
Cómo elaboramos los planes de autoprotección en INGESEG
En INGESEG elaboramos planes de autoprotección mediante un proceso técnico riguroso, que incluye:
- Visita técnica y análisis del edificio o actividad
- Identificación de riesgos reales de incendio
- Evaluación de medios de protección existentes
- Definición de procedimientos de actuación y evacuación
- Redacción del plan conforme al RD 393/2007
- Asesoramiento en el registro y mantenimiento del plan
Nuestros planes están diseñados para cumplir la normativa y ser realmente operativos en caso de emergencia.
Ventajas de contar con un plan de autoprotección profesional
Las ventajas de contar con un plan de auprotección contra incendios son varias, entre las que se incluyen:
- Cumplimiento legal y normativo
- Reducción de riesgos para personas y bienes
- Mejora de la respuesta ante emergencias
- Mayor seguridad para trabajadores y usuarios
- Facilita inspecciones y licencias administrativas
Un plan bien elaborado no es solo un requisito legal, sino una herramienta clave de seguridad.
Otros servicios de ingeniería contra Incendios
Ofrecemos una diversa índole de servicios contra incendios para empresas y organismos públicos, entre los que destacan:
Innovación contra incendios
Innovación en incendios y soluciones alternativas para edificios singulares
Simulación de incendios
Servicios de simulación de incendios a través de las últimas tecnologías
Diseño Prestacional
Servicios de Diseño Prestacional (PBD) contra incendios
Evacuación de humos
Estudios de evacuación de humos de edificios e industrias
Asesoría en edificaciones singulares
Asesoramiento en la redacción de proyectos de edificaciones singulares
Legalización contra incendios
Proyectos de legalización de instalaciones y medidas contra incendios
Auditorías de protección contra incendios
Auditoría de cumplimiento de normativas española e internacional
Consultoría seguros de incendios
Consultoría sobre riesgo de incendio en el sector asegurador
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Preguntas frecuentes sobre planes de autoprotección contra incendios
¿Qué incluye un plan de autoprotección contra incendios?
Un plan de autoprotección contra incendios es un documento técnico que detalla las medidas de prevención, protección y respuesta ante emergencias en un edificio o instalación. Incluye la identificación de riesgos, la definición de estructuras organizativas y procedimientos de actuación, así como la implementación de medidas de prevención y protección para asegurar la seguridad de las personas y minimizar daños materiales.
¿Quién es responsable de implementar el plan de autoprotección contra incendios?
La responsabilidad de implementar el plan de autoprotección contra incendios recae sobre el titular o gestor de la actividad en el edificio o instalación. Es su deber asegurar que el plan esté actualizado, que el personal esté adecuadamente formado y que se realicen simulacros periódicos para verificar la eficacia del plan.
¿Cómo se determina la necesidad de un plan de autoprotección contra incendios?
La necesidad de contar con un plan de autoprotección contra incendios se determina en función de varios factores, como el tipo de actividad que se realiza, el tamaño y características del edificio o instalación, y la legislación aplicable. Generalmente, cualquier actividad que implique un riesgo significativo de incendio o emergencia está obligada a disponer de un plan de autoprotección.
¿Cuál es el papel de los simulacros de emergencia en el plan de autoprotección contra incendios?
Los simulacros de emergencia son una parte esencial del plan de autoprotección, ya que permiten evaluar la eficacia de las medidas implementadas y la preparación del personal ante una emergencia real. Los simulacros ayudan a identificar áreas de mejora en el plan y en la formación del personal, asegurando una respuesta eficaz en caso de incendio o emergencia.
¿Cómo afectan las nuevas tecnologías a los planes de autoprotección?
Las nuevas tecnologías, como sistemas avanzados de detección de incendios, alarmas inteligentes y herramientas de gestión de emergencias basadas en software, pueden mejorar significativamente la eficacia de los planes de autoprotección contra incendios. La integración de estas tecnologías permite una detección más rápida de emergencias, una comunicación más eficiente durante una evacuación y una mejor coordinación de los equipos de respuesta.
¿Los planes de autoprotección deben actualizarse cada 3 años aunque no existan cambios?
En el punto 3.7 de la Norma Básica de Autoprotección se incluye que deberá revisarse con una periodicidad no superior a 3 años, por lo que cada tres años se puede optar por:
- Hacer un informe, acta o certificación suscrita por técnico competente en la que se determine que no existen cambios que puedan afectar al plan de autoprotección.
- Redactar el plan de autoprotección con el mismo contenido y fecha actualizada
suscrito por técnico competente.
En ambos casos los documentos deben inscribirse en el registro de planes de
autoprotección de la Comunidad Autónoma Correspondiente.
¿Cuáles son los cambios que motivan la actualización de un plan de autoprotección?
- Cambios en los factores considerados en la evaluación del riesgo (cambios de uso,
equipos de trabajo, materiales) - Cambios arquitectónicos que afecten la consideración del riesgo y a las medidas de
autoprotección - Ampliación o modificación de medios de autoprotección existentes
Modificaciones en los recursos humanos asignados nominativamente a la gestion de
emergencias - Cambio de Titular de la actividad
- Actualización de normas afectadas
- Cuando exista una deficiencia en los simulacros de emergencia que deba ser
corregida - Cuando exista una activación del plan por situación real en la que se detecten fallos
en prevención y/o actuación durante la emergencia.
¿Hay que hacer formación del plan de autoprotección todos los años?
No, la Norma básica de Autoprotección no establece una periodicidad para la formación del
personal siempre que se cumplan los objetivos. Habrá planificar la siguiente formación:
- Formación inicial al personal del centro (todo el personal)
- Formación específica a personal con función dentro del plan de Autoprotección.
- Reciclaje de formación específica (cuando el personal cambia de función).
¿Quién puede elaborar un plan de autoprotección?
Debe ser elaborado por un técnico competente, con conocimientos en protección contra incendios y normativa de autoprotección.
¿Cuánto cuesta un plan de autoprotección contra incendios?
El coste depende del tipo de actividad, superficie, complejidad del edificio y nivel de riesgo. En INGESEG realizamos presupuestos personalizados.
¿Cada cuánto tiempo debe actualizarse un plan de autoprotección?
Debe revisarse periódicamente y actualizarse siempre que haya cambios en la actividad, el edificio o la normativa.
¿Es obligatorio registrar el plan de autoprotección?
Sí, en la mayoría de comunidades autónomas el plan debe registrarse ante el organismo competente.
Puedes contactar con nosotros para cualquier consulta relacionada con la seguridad contra incendios. Nuestros técnicos te responderán lo antes posible.




